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El pasado 18 de febrero de 2021, se aprobó un proyecto de decreto (el “Proyecto”) por el Senado de la República, por el cual se reforman y adicionan la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, con el objetivo de regular el crédito sobre nómina. El Proyecto define al contrato de crédito sobre nómina como un contrato de apertura de crédito simple o a cuenta corriente, por el cual los pagos provenientes serán realizados por el patrón a través de un tercero; asimismo establece que, previo a la celebración de dicho contrato, se deberá de celebrar un convenio de cumplimiento de pago con el patrón o con las instituciones de seguridad social. El Decreto contempla que el crédito sobre nómina, principalmente: (i) sea regulado conforme a operación de crédito; (ii) establece que únicamente podrá ser otorgado por instituciones financieras; (iii) establece que las fuentes de pago podrán ser sujetas a deducciones; (iv) obliga al acreedor a consultar el historial crediticio del deudor; (v) obliga a los patrones a notificar a las partes el día que se realice la deducción y se haga el pago; (vi) obliga al patrón a implementar un sistema automatizado que permita el acceso a las autoridades, a los deudores, patrones y acreedores; y (vii) regula los convenios de cumplimiento de pago y requiere que los mismos sean inscritos ante la CONDUSEF. Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar a info@rapa.mx.

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