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Los países miembros de la OCDE aprobaron, como parte de los esfuerzos en contra del traslado artificial de utilidades en empresas multinacionales, la creación de un impuesto mínimo global, lo cual marca un importantísimo cambio en la tributación internacional. En términos generales, la idea de este impuesto es facultar al país de residencia de la casa matriz de una empresa multinacional a gravar los ingresos que se generen en otras jurisdicciones en las que el impuesto sobre la renta es inexistente o a una tasa inferior al 15%. En términos del acuerdo logrado, miembros de la OCDE, como lo es México, se comprometen a modificar su legislación local para asegurar que las empresas multinacionales domiciliadas en sus jurisdicciones paguen un impuesto sobre la renta de, por lo menos, el 15% en cada una de las jurisdicciones donde mantengan operaciones. De esta manera, se pretende eliminar la competencia entre jurisdicciones para atraer inversiones con base en bajas tasas impositivas y desincentivar el traslado de operaciones a las mismas. Uno de los objetivos principales de este acuerdo es la República de Irlanda que, con su tasa impositiva del 12.5%, es la sede europea de la mayoría de las grandes empresas norteamericanas. No se conocen aún todos los detalles de este impuesto, pero se presume que sus disposiciones solo serán aplicables a los Grupos que se encuentran obligados a presentar la declaración informativa país por país. Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar a info@rapa.mx.