Nueva Plataforma para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas
Como parte de la Reforma Laboral en materia de Subcontratación aprobada el pasado 23 de abril, se estableció que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados deben registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Con el fin de dar cumplimiento a esta disposición establecida en la Ley Federal del Trabajo, se diseñó una plataforma digital denominada “REPSE” que permite a sus usuarios solicitar su registro en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (el “Registro”).
Para obtener el Registro, se establecen dos requisitos principales: Demostrar el carácter especializado tanto de la persona física o moral que desee registrarse, como de la actividad o actividades susceptibles de ser registradas en el REPSE y; estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social ante el SAT, el IMSS y el INFONAVIT; además de los requisitos establecidos en el Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas.
El Registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas en un espacio o centro de trabajo distinto a aquel con quien guarden una relación laboral.
Una vez que se cuenta con el Registro, la persona física o moral que preste servicios u obras especializadas, está obligada a incluir en los contratos que celebre su número de registro y los folios de las actividades del objeto social o la constancia de situación fiscal registrados en el Padrón y que correspondan con la actividad específica subcontratada.
Todo esto con el fin de asegurarse que los servicios prestados no formen parte del objeto social o actividad preponderante del contratante, de lo contrario, el Registro podría ser cancelado.
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