Reforma a la Ley del Seguro Social en materia de prestaciones sociales a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social
El pasado 25 de abril, el Congreso de la Unión publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) una reforma al artículo 210 de la Ley del Seguro Social.
Conforme al artículo antes mencionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”) debe proporcionar a los derechohabientes, entre otras, las siguientes prestaciones sociales:
- Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de primeros auxilios; y
- Prevención de enfermedades y accidentes.
Con la reforma aprobada, se incluyen las siguientes prestaciones adicionales a las anteriores:
- Apoyo a la nutrición de las trabajadoras derechohabientes embarazadas durante la gestación; y
- Apoyo a la nutrición de sus hijas e hijos en el periodo neonatal mediante el refuerzo y seguimiento nutricional.
La presente reforma entró en vigor el día 26 de abril, y el IMSS tendrá un periodo de 180 días para realizar todas las adecuaciones que considere necesarias para poder establecer la forma en que dará seguimiento nutricional a los menores de edad, y establecer el plazo por el cual se otorgará el apoyo nutricional a las mujeres embarazadas.
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