RAPA

+52 55 89 20 35 80


info@rapa.mx


Top

El pasado 4 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (la “Ley”).

La reforma a la Ley está alineada con la tendencia de mejorar la seguridad social de los trabajadores en México.

Reforma de los artículos 513, 514 y 515.

El artículo 513 de la Ley versa sobre la facultad de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para actualizar las tablas de Enfermedades de Trabajo y Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos del trabajo. Con la presente reforma se adiciona el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo.

Con la creación de este nuevo catálogo, se pretende que sirva como un instrumento para la evaluación realizada por parte de los peritos médicos dictaminadores en medicina del trabajo, ya que este establece la relación entre el trabajo y el daño sufrido por el trabajador. Este catálogo será publicado en un palazo de 45 días hábiles a partir del 5 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación.

El artículo 514 versa sobre la actualización de las antes mencionadas tablas y catálogo. La reforma de este artículo consiste en establecer una revisión de estos instrumentos cada 5 años o cuando haya estudios que lo justifiquen.

El artículo 515 versa sobre el inicio del proceso legislativo para la implementación de las actualizaciones a las tablas y el catálogo a que se refiere el artículo 514. La reforma de esté artículo no resulta en un cambio sustantivo, únicamente en uno de redacción.

Tabla de Enfermedades del Trabajo y Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo.

Las referidas tablas son esenciales para la protección de los derechos en materia de seguridad social para los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas herramientas permiten evaluar correctamente las enfermedades en el trabajo y las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos del trabajo. La actualización de estos instrumentos resulta de especial importancia ya que la misma no había sido actualizada en de 53 años.

Es importante señalar que la actualización de estos instrumentos fue sustancial, ya que la Tabla de Enfermedades del Trabajo se alineó con la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud y adicionó 88 nuevos padecimientos. En la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes se agregaron 115 condiciones.

La entrada en vigor de la reforma fue el 5 de diciembre de 2023.

Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar a info@rapa.mx.