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El pasado 13 de marzo de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo en revisión 849/2023. Como consecuencia de esta resolución se consideró constitucional el contenido del artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, referente al tope máximo que pueden cobrar las Afores por concepto de comisiones.

Derivado de lo anterior, el porcentaje máximo que podrán cobrar por concepto comisiones las Afores en 2024 bajará de 0.92% a 0.57% del contenido de las cuentas de los trabajadores, lo que representa una reducción del 38%.

Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar a info@rapa.mx.