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El día 21 de marzo de 2024, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social publicó el acuerdo número ACDO.AS2.HCT .270224/34.P.DIR., a través del cual se aprobó la modificación a la Regla Quinta de las “Reglas de carácter general para la obtención de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”.

La antes mencionada modificación consiste en la incorporación del Buzón IMSS como una nueva vía por la que los particulares pueden obtener la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.

Por consiguiente, la Regla Quinta queda de la siguiente manera:

“Quinta.- Opinión generada por la persona titular de la Opinión del cumplimiento.

Los particulares que para realizar algún trámite requieran la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, deberán obtener la misma a través de alguno de los procedimientos siguientes:

A) En el Escritorio virtual:
I. a III. …

B) En el Buzón IMSS:
I. Ingresar al Buzón IMSS por la página del Instituto www.imss.gob.mx/buzonimss, a través del medio de autenticación correspondiente;
II. Del menú, seleccionar la opción “Cobranza”;
III. Del menú, seleccionar la opción “32D Consultar Mi Opinión”, y
IV. Dar clic en el icono de la opción “Consultar Mi Opinión del Cumplimiento” para descargar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, la cual podrá guardarse en formato .PDF o imprimirse.”

La entrada en vigor del acuerdo número ACDO.AS2.HCT.270224/34.P.DIR. y la modificación de la Regla Quinta de las “Reglas de carácter general para la obtención de opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social” fue el día 22 de marzo de 2024.

Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar a info@rapa.mx.