Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
El 18 de diciembre de 2024, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el Decreto por el cual se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, que introduce nuevas obligaciones para las personas empleadoras y fortalece los derechos de las personas trabajadoras.
I. Obligaciones para Empleadores.
Deberán proporcionar sillas o asientos con respaldo suficientes para que las personas trabajadoras puedan utilizarlos durante el desempeño de sus funciones o en descansos periódicos, conforme a lo señalado en el artículo 132, fracción V.
II. Prohibiciones a los Empleadores.
Se establece que está prohibido obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante toda la jornada laboral y negarles el acceso a descansos periódicos con asientos adecuados (artículo 133, fracción XVII Bis).
III. Reglamento Interior de Trabajo.
Deberá incluir normas claras sobre el uso de asientos, horarios de descanso y disposiciones disciplinarias que garanticen el cumplimiento de estas reformas (artículo 423).
IV. Entrada en Vigor.
El Decreto será efectivo 180 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
V. Plazos para cumplimiento.
Las empresas contarán con 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto para adecuar sus normativas internas a estas disposiciones.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá emitir las normas complementarias sobre factores de riesgo laboral en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor.
VI. Ámbito de aplicación.
Estas reformas aplican tanto en el sector de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, así como en el sector industrial, siempre que las actividades permitan los descansos señalados.
Si tiene preguntas o requiere información adicional respecto a esta comunicación favor de contactar elvia.palazuelos@rapa.mx.